solicitudes / plazos
SOLICITUDES / INSTRUCCIONES
PLAZOS
PAGO 2º PLAZO DE LA MATRÍCULA Pago en diciembre / Entrega de justificante hasta 15 enero
TRASLADO MATRÍCULA VIVA El plazo máximo será el 15 de Abril
TRASLADO DE EXPEDIENTE Solicitud de traslado plazo máximo 15 de Julio
REINGRESO Solicitud de reingreso plazo máximo 30 de Abril
ANULACIÓN Solicitud de anulación de matrícula plazo máximo finales de marzo
AMPLIACIÓN Solicitud de ampliación de matrícula del 1 al 15 de octubre
SIMULTANEIDAD DE ESPECIALIDADES Solicitud de simultaneidad de especialidades una vez superada la prueba de acceso a la segunda especialidad


Equivalencias (Convalidaciones)

Los alumnos que deseen solicitar la equivalencia de asignaturas cursadas por el Plan 66 deberán presentar la solicitud en la Secretaría del Centro, en el momento de realizar la matrícula, quedando excluidos del pago de dichas asignaturas.

Aquellos que no tengan su expediente del Plan 66 en este conservatorio deberán adjuntar a la solicitud un certificado de estudios (original o fotocopia compulsada) en el que consten dichos estudios.

En el caso de no solicitarse las equivalencias o cursarse las asignaturas correspondientes, figurarán suspensas en la evaluación final.

Las asignaturas que pueden ser objeto de solicitud de equivalencia en el Conservatorio, se encuentran reflejadas en el real decreto 706/2002 de 19 de julio (B.O.E. de 7 de agosto de 2002) y en la Orden 1 de junio de 1998 (B.O.E. de 24 de junio de 1998), cuyo contenido recogemos en normativa de Info. de Secretaría de esta web.

Los alumnos que deseen convalidar Enseñanzas Profesionales de Música y la E.S.O y Bachillerato se atendrán  a la orden 3530/2009 de 22 de julio sobre Convalidaciones entre las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza y E.S.O y el Bachillerato. (B.O.C.M. 20 agosto del 2009).

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Matriculación en más de un curso académico.

Los alumnos que deseen matricularse en más de un curso académico, deberán solicitarlo mediante un impreso específico para ello, que podrán entregar en la secretaría en el momento de formalizar la matrícula o bien hasta el 15 de Octubre.

El Director del Centro podrá autorizar, con carácter excepcional, la matriculación en el curso inmediatamente superior a aquellos alumnos que, previa orientación del tutor e informe favorable del equipo de profesores, tengan suficientes conocimientos para abordar las enseñanzas del curso superior.

Los alumnos matriculados en más de un curso académico solo asistirán a las clases correspondientes al curso más elevado en materias de práctica instrumental. En las materias con contenidos teóricos diferentes, deberán asistir a los dos cursos.

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Simultaneidad de especialidades instrumentales.

Los alumnos interesados realizarán la prueba de acceso al centro en esa especialidad instrumental y, una vez superada dicha prueba, presentarán en Secretaría una solicitud de autorización de matriculación en un segundo instrumento dirigida al Director del Conservatorio.

Las asignaturas comunes a las dos especialidades cursadas simultáneamente por un alumno que hayan sido superadas en una de ellas, se considerarán superadas en la otra especialidad con la misma calificación
.

La regulación completa de la simultaneidad de especialidades puede consultarse en el apartado Normativa de la sección Info de Secretaría de esta web.

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Anulación de matrícula

Los alumnos podrán solicitar al Director del centro la anulación de matrícula antes del día 31 del mes de marzo en los supuestos de enfermedad u otra causa acreditada que merezca análoga consideración. El Director podrá recabar los informes que estime pertinentes a efectos de su oportuna concesión o denegación.

Dichas anulaciones no suponen en ningún caso la devolución de las tasas abonadas.

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Los alumnos que hubiesen anulado su matrícula podrán retomar, sin más requisitos, sus estudios en el mismo centro en el curso escolar siguiente al de la anulación. Transcurrido el curso siguiente a la anulación de matrícula, los alumnos podrán retomar sus estudios sometiéndose al proceso de admisión.

Solo se permitirá la anulación en un solo curso a lo largo de las enseñanzas profesionales
.

 

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Traslado de matrícula viva.

Los traslados de matrícula que se produzcan durante el curso académico serán aceptados únicamente si, una vez iniciado éste, quedasen plazas vacantes en las asignaturas y cursos correspondientes. La solicitud de traslado de matrícula viva no podrá realizarse con posterioridad al 15 de abril del curso académico correspondiente.

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Traslado de expediente.

Las solicitudes de aquellos alumnos que, estando matriculados en un centro, precisaran trasladar su expediente a otro centro para proseguir en este sus estudios a partir del curso siguiente, se resolverán, si una vez adjudicadas las plazas vacantes mediante las correspondientes pruebas de acceso, quedasen plazas disponibles en la especialidad y curso solicitado.

En ningún caso se admitirá traslado de expedientes cuando coincida con el paso de grado.

Las solicitudes de traslado de expediente deberán ser presentadas en la Secretaría del centro solicitado durante el mes de abril siendo el último día de presentación el día 15 de Julio.

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Reingreso

Podrán solicitar el reingreso en el centro aquellos alumnos que hayan permanecido sin matricularse durante un periodo máximo de un año académico y siempre que se produzcan circunstancias que debidamente documentadas así lo justifiquen.

Los alumnos que deseen reingresan en el centro transcurrido más de un curso académico podrán solicitarlo también antes de 30 de mayo, quedando supeditada su solicitud a los criterios de prelación establecidos.

El reingreso solo podrá producirse una los vez a lo largo de estas enseñanzas.

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